Los derechos digitales: menores en la red

Los derechos digitales: menores en la red

Sobre el tema de los derechos digitales de los menores en la red, y muy recientemente, la Asociación Europea para la transición Digital organizó en la Sala Europa de la Representación de la Comisión Europea en España un encuentro sobre los derechos digitales del menor en la red.

Violencia online

Carolina Perazzo, Directora de Sensibilización de Save the children habló de las redes sociales y su

“poder de reproducir mensajes, haciendo que la violencia se multiplique y se continúe en el tiempo”

En el informe de Save the Children  que han elaborado sobre este tema, muestran cómo uno de cada dos niños reciben contenidos inapropiados en sus dispositivos.

Detectan como edad de mayor riesgo (sexting, grooming y sextortion) entre los 14 y 15 años y cómo las niñas son más vulnerables ante este tipo de violencia en red que los niños. El ciberacoso se produce con mayor frecuencia entre los 8 y 9 años y la grabación y difusión de agresiones (happy slapping) se produce en el 61% de los casos entre compañeros o amigos.

Un párrafo que nos gustaría borrar, pero que es una realidad. Una violencia que impacta directamente en las víctimas. También en su familia, en su entorno y en la sociedad. Y los efectos permanecen muchas veces en la edad adulta.

Hiperconexión

Sonsoles Bartolomé, Responsable del departamento jurídico de la Fundación ANAR (Ayuda a niños y adolescentes en riesgo) expone los resultados del informe realizado durante el año 2020. Un año atípico en el que debido al confinamiento, el uso de dispositivos electrónicos y el tiempo dedicado a “la red” se ha multiplicado en los hogares. También el ciberacoso que ha registrado un aumento de casos del 264,4%

ANAR ha publicado en 2019 la Carta de derechos digitales de niños, niñas y adolescentes.

Datos de menores

Ana Caballero, Vicepresidenta de la Asociación Europea para la Transición Digital muestra la preocupación de la Asociación por la mercantilización de los datos de los menores. Preocupación

“Las grandes plataformas no quieren en general someterse a una regulación argumentando que internet todavía no es un mercado maduro. Su disculpa es que solo son canales de comunicación, la responsabilidad del uso no es suya”.

El gran problema que genera la imposibilidad de verificar la edad de los suscriptores/usuarios, especialmente en el caso de menores, es acuciante. Es necesaria una transparencia en los algoritmos, un control de la publicidad y su crecimiento exponencial.

“se desconoce el valor de mercado de los datos, y pagar con datos, es pagar. Eso hace que sea difícil regular. La Unión Europea está desarrollando un paquete legislativo muy bueno. Es necesario controlar a las grandes operadoras. Va en ello la democracia de Europa y nuestros derechos fundamentales”.

La escuela digital, tan necesaria durante la pandemia, también revela un riesgo en cuanto a los datos.

“si las plataformas que utilizan las escuelas no son del entorno de la Unión Europea, significa que los datos de los alumnos van fuera de la UE y esto bajo condiciones jurídicas distintas al marco europeo”.

Hay que destacar además que la Unión Europea ha creado una red europea de información: Internet segura for kids

El marco legislativo europeo

La digitalización es parte inseparable del Pacto Verde Europeo. Sus objetivos son lograr una conexión rápida en toda la UE, consolidar la identidad digital de cada ciudadano facilitando el control de los datos personales, ciudades más inteligentes, mercado digital seguro) Desarrollo de una inteligencia artificial para los ciudadanos.

El trabajo de la Unión Europea en crear competencias digitales (DIGCOMP) integradas en la formación y el curriculum europeo y el fomento de la alfabetización digital de los ciudadanos, especialmente de los jóvenes, entra dentro de estos objetivos de internet segura. Enlaza además con la estrategia europea de lucha contra la desinformación.

Bibliografía

Reglamento de protección de datos personales  2016/679  de 27 de abril de 2016.

Directiva de seguridad de las redes y sistemas de información en la Unión 2016/1148 de 6 de julio de 2016 (directiva NIS)

Directiva de prestación de servicios de comunicación audiovisual (Directiva de servicios de comunicación audiovisual) 2018/1808 de 14 de noviembre de 2018

Propuesta de Reglamento de establecimiento de un Marco para una identidad digital europea COM 2021/281 final que modifica el Reglamento 910/2014

Propuesta de Reglamento sobre el respeto de la vida privada y la protección de los datos personales en las comunicaciones electrónicas (reglamento ePrivacy) COM 2017/010 final que deroga la Directiva 2002/58/CE

Recomendación del Consejo de 22 de mayo de 2018 relativa a las competencias clave para el aprendizaje permanente

Propuesta de Reglamento relativo a un mercado único de servicios digitales (Ley de servicios digitales) COM 2020/825 final que modifica la Directiva 2000/31

Propuesta de Reglamento sobre mercados disputables y equitativos en el sector digital (Ley de mercados digitales) COM 2020/842 final 

Propuesta de Reglamento por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial (Ley de inteligencia artificial) COM 2021/206  final

Estrategia de la UE para una lucha más eficaz contra el abuso sexual de menores  COM 2020/607 final

Desarrollo normativo en España

Los Reglamentos y directivas europeas son de obligado cumplimiento en todos los Estados miembros. Para ello, cada Estado aplica la norma europea mediante un sistema de transposición. La Unión Europea establece para cada reglamento o directiva una fecha máxima de transposición a la legislación nacional de cada Estado miembro.

En España en relación con este tema, hay que destacar:

Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de protección de datos y garantía de los derechos digitales 3/2018 (como transposición del reglamento europeo)

Ley  Orgánica 8/2021 de 4 de junio de protección integral de la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIAVI)

Anteproyecto de ley general de comunicación audiovisual  (como transposición de la directiva europea)

Ley orgánica 3/2020 de 29 de diciembre de educación por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo de Educación

Plan España digital 2025

Plan nacional de competencias digitales, integrado en la Agenda Digital 2025 y siguiendo la actuación europea en este ámbito

 

Transparencia en la información europea

Transparencia en la información europea

La transparencia en la información es una apuesta clave de las instituciones europeas. Algo que forma parte de sus principios y valores. La ciudadanía puede conocer los procesos de toma de decisiones ejerciendo sus derechos democráticos.  

Especialmente en estos momentos es muy importante conocer las fuentes de inforamción oficiales y los recursos que la Unión Europea aporta para reforzar el derecho a la información, el derecho de acceder al “good data”.

El Registro de Transparencia

El Registro de Transparencia se gestiona en la Secretaría Común del Registro de Transparencia. De ella orman parte funcionarios del Parlamento Europeo y de la Comisión Europea. (Acuerdo entre Parlamento Europeo y la Comisión Europea DOUE L 277 de 19 de septiembre de 2014).

En 2012 la Comisión Europea y en 2013 el Parlamento Europeo, crearon un Portal de Transparencia que incluye: 

  • Transparencia en la Comisión Europea: Acceso a los documentos de la Comisión (consulta de documentos legislativos, documentos oficiales, agendas y reuniones de la Comisión. También al archivo de respuestas de la Comisión a las peticiones que de la ciudadanía); registro de comitología (comités que supervisan la adopción de actos de ejecución); registro de beneficiarios de financiación; registro de grupos de interés (lobbies que tratan de influir en el proceso legislativo); listado de asesores de la Comisión; ocupaciones autorizadas de antiguos comisarios europeos; norma para la inclusión como grupos de expertos. 
  • Ética y Transparencia en el Parlamento Europeo: Código de conducta de los diputados; registro de transparencia; código de conducta de los representantes de grupos de interés. Portal de peticiones del Parlamento Europeo 

Amenazas híbridas

En 2014 el grave conflicto desatado en Ucrania y la intervención de Rusia fueron elementos que cambiaron el concepto de desinformación de la UE. Ese mismo año se crea el concepto de guerra híbrida refiriéndose a aquella en la que participan fuerzas regulares e irregulares, desinformación, aparatosa presencia militar y ofensiva limitada. Estas Amenazas híbridas, o campañas híbridas tienen una comunicación conjunta por parte del Parlamento Europeo, la Comisión y el Consejo como respuesta de la UE..

Desinformación, Fake news

La Comisión Europea prefiere el término desinformación a fake news. La desinformación es un conjunto de información falsa o engañosa difundida para obtener beneficio económico o engañar al público, o para causar daño público y minar los sistemas democráticos y procesos políticos, así como bienes públicos, como el bienestar de los ciudadanos, el medioambiente o la seguridad. 

Este es sin duda otro gran detonante de la preocupación de las instituciones europeas por las implicaciones de la desinformación y de las fake news  se produce tras el “referéndum del Brexit” en 2016 que decidió el inicio del proceso de salida del Reino Unido de la Unión Europea 

Ya en 2015 el Consejo Europeo de marzo incluyó en sus debates la necesidad de protección de la UE ante campañas de desinformación que se estaban produciendo. Llama a la cooperación entre los Estados miembros y las instituciones de la UE y se crea el equipo de trabajo East StratCom, adjunto al Servicio Europeo de Acción Exterior, dirigido a comunicar las políticas de la UE a los países del Este. 

Se introducen nuevos conceptos como: desinformación o fake news bajo los que se define la difusión de noticias falsas a escala internacional y con el objetivo de influir en la opinión pública y en sus valores democráticos.  No es ni un fenómeno ni un término nuevo. La novedad, o mas bien la renovada preocupación, viene dada por su impacto.

En 2017 fake news fue el término del año según los Diccionarios Oxford. El uso del mismo subió un 365% desde 2016, y lo definían como: “false, often sensational, information disseminated under the guise of news reporting. En Estados Unidos se comenzó a ver la injerencia rusa en algunas campañas electorales; en la Unión Europea se descubrió la financiación encubierta rusa a partidos de extrema derecha y populistas

Distintas acciones un mismo objetivo

El Consejo de Europa publicó en 2017 un informe en el que alertaba del peligro de la desinformación y de la información contaminada. En este informe distingue entre información errónea, desinformación y  la información nociva. Por su parte, la Comisión Europea en ese mismo año 2017 publicó la comunicación: Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo sobre plataformas en línea y mercado único digital (COM (2016) 288 de 28/05/2019). Además lanzó una consulta pública sobre desinformación (noviembre 2017- febrero 2018)

En enero de 2018 la Comisión creó un Grupo de Expertos de Alto nivel. Su objetivo era proponer estrategias para prevenir campañas de desinformación 2018.  Este mismo año, se produce el escándalo de Cambridge Analytica, y la filtración y uso de datos personales de millones de usuarios. La Comisión Europea quiso reforzar su estrategia de protección de datos y vio mas necesaria que nunca la protección de los procesos electorales, así como la seguridad y los valores europeos. Publica entonces un código de buenas prácticas para combatir la desinformación

El Servicio Europeo de Acción Exterior publica un plan de acción contra la desinformación (marzo 2019) que plantea la necesidad de mejorar la detección y análisis de la desinformación así como las respuestas conjuntas y la cooperación ante este tipo de estrategias.  Incluye para ello un mecanismo de Alerta Rápida que en parte recoge la idea del mundo académico de fact-checkers. Un tercer pilar del plan de acción es la cooperación con el sector privado y el cuarto, concienciar a la sociedad civil sobre el peligro de la desinformación

El Eurogrupo ha abierto también un registro de documentos en retrospectiva, incluyendo documentación desde 2015. Notas de prensa, agendas y otros documentos están a disposición del público general a texto completo  https://www.consilium.europa.eu/en/council-eu/eurogroup/eurogroup-documents-register/  

Desinformación y COVID19

La Comisión Europea recomienda que se consulten “los consejos de las autoridades sanitarias de su país y los sitios web de la UE y de las organizaciones internacionales pertinentes: la ECDC y la OMS. También puede ayudar evitando compartir información no verificada procedente de fuentes dudosas”.

La Comisión Europea ha creado una página web a través de la cual informa y desmiente sobre los bulos y   fake news que circulan en la red en torno a la crisis del COVID 19   

También el Eurobarometro ha publicado encuestas sobre la opinión de los Europeos ante el COVID 19.

Es fundamental conocer cuales son las fuentes de información oficiales para descartar con ello el acceso a datos falsos o manipulados.

Cómo reconocer una notica falsa o fake news en tiempos de coronavirus

Cómo reconocer una notica falsa o fake news en tiempos de coronavirus

En estos momentos, en tiempos de coronavirus, es muy importante reconocer una noticia falsa. Reconocerla y “detenerla” en nuestros dispositivos.

La página de la Comisión Europea ha dedicado un site específico para contrarrestar la oleada de fake news relacionadas con el coronavirus 

En ella, la Comisión desmiente o explica los principales bulos o fakes news que van apareciendo día a día relacionados con el ámbito de la Unión Europea.

En todo momento se recomienda seguir fuentes de información oficiales. Si no es así, fuentes de información contrastadas, fiables.

Las redes sociales han demostrado su gran potencial para difundir rápidamente noticias falsas. Hay que recordar que la principal fortaleza de una noticia falsa es su rápida transmisión y que esta es a su vez la principal dificultad a la hora de desmentirla.Logo The click power

Las grandes empresas operadoras (Facebook, Google…) están colaborando con distintos cortafuegos dirigidos a evitar la difusión de noticias falsas. Por ejemplo WhatsApp ha limitado el reenvío de mensajes.

Como en muchos campos, al utilizar redes sociales, al difundir información que se recibe a través de estas redes, hay una serie de criterios a tener en cuenta para evitar formar parte de una cadena de bulos, fake news o desinformación.

Es sencillo saber qué debemos preguntarnos ante una posible mentira… en la vida real y también en la vida digital.

Desde el proyecto de alfabetización informacional hacemos un recordatorio de las principales preguntas a realizar en la identicación de la desinformación.

Fake news, Fake check, Click power

Fake news, Fake check, Click power

Fake news

La crisis del Coronavirus está haciendo saltar todas las alarmas, también la de la información. Una muestra clara de cómo la desinformación encuentra en el miedo, en la duda, su mayor aliado. La Comisión Europea recomienda seguir la información de fuentes oficiales, de las autoridades sanitarias.

Se está haciendo un esfuerzo descomunal en este sentido, colaborando directamente con las principales plataformas online para que den prioridad a fuentes oficiales.

Fake check

La desinformación es un grave problema que sin duda encuentra su mayor aliado en la rapidez con que las redes sociales son capaces de difundir una notica, ya sea esta verdadera o falsa. En pocas horas miles, millones de personas de cualquier punto del planeta pueden estar compartiendo desde sus dispositivos datos falsos.Sin saberlo. Y pueden estar convirtiéndolos en datos creíbles simplemente porque como  “me lo envía…” o “lo he recibido de varios grupos de…” yo “lo reenvío a mi grupo de…”  contagiando la red… como un virus.

La desinformación, las fake news son ya un elemento mas de inestabilidad. Lo estamos viendo durante la crisis del Coronavirus… todos los días se lanzan bulos que al día siguiente o a los pocos días tienen que ser desmentidos por fuentes oficiales. Pero ¿la ciudadanía hace un seguimiento de si cada noticia que recibe en su móvil, Tablet u ordenador es finalmente corroborada, desmentida o corregida?, o ¿la ciudadanía asimila el bulo como verdad y actúa en consecuencia? ¿hasta qué punto nos engañamos? ¿hasta qué punto conocemos la realidad a través de bulos, fake news o desinformación?

Una de las acciones clave de lucha contra la desinformación es el fake check. Su objetivo es que los medios de comunicación, periodistas, etc… comprueben, verifiquen los datos antes de publicarlos. Es decir, establece un sistema de verificación como prevención de la desinformación. Crea un sistema de resliencia ante la desinformación y ante la baja calidad de muchos medios.

Provenance es una plataforma creada por un consorcio de entidades y organizaciones que trabajan desde diciembre de 2018 precisamente en desarrollar herramientas para la verificación de la información. Sus acciones están dirigidas al público general pero también a los creadores de contenidos.

En su sección de noticias se hace referencia a cómo a mediados de marzo, las principales plataformas online emitieron una declaración conjunta en la que afirmaban su compromiso de al tiempo que combatían el fraude y la desinformación.

De hecho, Facebook, la mayor plataforma del mundo que incluye ahora Instagram y WhatsApp, esbozó una serie de acciones para enfrentarse a las fakes sobre el Coronavirus COVID-19. Por ejemplo, prohibir la publicidad que busca sacar provecho de la crisis. Además,

Facebook está eliminando la “información errónea perjudicial conocida” y promoviendo noticias de la OMS y de autoridades sanitarias nacionales. Por su parte, Google, YouTube y Twitter han emprendido acciones similares.

Click Power

Y en definitiva, hay otro elemento clave en este esfuerzo por frenar el contagio que suponen las fake news y la desinformación. Y ese elemento clave se suma a los esfuerzos de la Unión Europea, de plataformas online, etc…

Logo The click powerSe trata de algo muy sencillo porque cada persona puede, al recibir una noticia en su dispositivo personal, detenerse durante unos segundos y pensar ¿está clara la fuente de información? Y si está clara ¿es una fuente veraz?, ¿los datos son exagerados o nadie mas está hablando de ellos? ¿sigue un esquema de petición de reenvío urgente? ¿incluye imágenes retocadas? ¿hay errores en la escritura?

En este proyecto de alfabetización informacional dirigido a estudiantes universitarios en el contexto de la Unión Europea creemos que la acción individual, precisamente esa resiliencia es un elemento clave en la lucha contra las fake news y la desinformación. Además es un elemento muy importante de apoyo al Fake Check que se está proponiendo desde la guía de la Unión Europea contra la desinformación y desde otros ámbitos expertos, plataformas online, etc…

La ciudadanía. Cada persona, se convierte así en receptor y transmisor de noticias. Las redes sociales son capaces de mover multitudes, ideas. Lo hemos visto en estos últimos años con total claridad. ¿Acaso no pueden ser capaces de frenar una noticia falsa? ¿Acaso no pueden dar el click correcto, borrar, detener una noticia falsa en su dispositivo? No compartir si dudas del contenido, si dudas de la fuente… supone un gran freno a la desinformación. Por eso, si dudas, no compartas,

Contra las fake news, activa el click power

Contra las fake news, activa el click power

En abril de 2018 la Unión Europea, en concreto la Dirección General Connect (Redes de comunicación, contenido y tecnologías) publicó los resultados de una consulta pública sobre la circulación de fake-news y de desinformación a través de medios online. la circulación de fake-news y de desinformación a través de medios online. 

La consulta se realizó entre noviembre de 2017 y febrero de 2018. Su objetivo: entender qué mecanismos pueden ser mas efectivos a la hora de evitar o detener este tipo de noticias. En ella participaron 2.784 ciudadanos y 202 periodistas y organismos legales.  En cuanto a países participantes, destacar principalmente, Belgica, Francia, Reino Unido, Italia y España seguidos de Lituania, Eslovaquia y Rumanía 

No es fácil definir y comprender la forma en la que “trabajan” estas informaciones falsas en medios online. Tampoco lo es buscar como mejorar la calidad de la información en este sentido o prevenir y frenar la circulación de fake news  y desinformación en redes sociales y en la web. 

(más…)

Entender la Unión Europea: entender la actualidad política

Entender la Unión Europea: entender la actualidad política

Entender la Unión Europea

El 4 de marzo de 2019, es decir ayer mismo, saltó la noticia a los medios de comunicación y a las redes sociales. Los titulares y el hashtag hablaban por sí solos: #EUClimateLaw. La publicación, por primera vez, de una ley europea del clima. Es mas hablan de la Ley Europea del Clima como si ya fuera precisamente eso: una ley.

A través de #EUClimateLaw la información que recibe quien normalmente siga los medios y las redes es esa: hay una ley del clima.

Huella humana formada por hojas de plantas

Pero ¿es esta la noticia? ¿se podría “atacar” o criticar ya hoy el contenido de la nueva ley? ¿ya está en vigor, puesto que se llama ley? ¿o cuando entra en vigor?

La respuesta a estas preguntas es importante tenerla clara, porque titulares como este pueden hacernos caer en la #desinformación, al no contar todos los datos necesarios para valorar el contenido o el alcance de la noticia. O al no conocer mínimamente cómo trabaja la Unión Europea.

Ya hemos hablado en otros post que la alfabetización informacional es la mejor herramienta contra la desinformación.

Por eso, antes de “tirarnos a la piscina” vamos intentar entender qué está ocurriendo. O mejor aún. Vamos a intentar entender la Unión Europea, y lo haremos empezando por una pregunta.

¿Hay leyes europeas?

Lo primero: un poco de derecho europeo, para los que no somos de derecho…

No existen leyes europeas. La legislación de la Unión Europea o mejor dicho, los actos jurídicos de la UE se dividen en:

  • Instrumentos jurídicos vinculantes, es decir de obligado cumplimiento en los Estados miembros: reglamentos, directivas y decisiones.
  • Instrumentos jurídicos no vinculantes es decir, que no son de obligado cumplimiento en los Estados miembros: resoluciones y dictámenes.
  • Otros instrumentos.

Por tanto, lo que en un Estado miembro se denomina ley, en la Unión Europea no existe. Sin embargo, los reglamentos y las directivas que todos los Estados miembros aprueban finalmente en el Consejo siguiendo los mecanismos de toma de decisión de las instituciones europeas, estos reglamentos y directivas sí se convierten en ley en cada Estado miembro.

¿Cómo? Pues de manera directa o mediante un proceso de transposición es decir de “conversión” en ley aplicable al derecho nacional siguiendo el método establecido por cada Estado en su constitución.

Es decir: cuando los 27 Estados miembros firman una directiva o un reglamento europeo, este (por ejemplo en el caso de España) tras pasar por el Congreso, se publica en el Boletín Oficial del Estado como ley española. Bien directamente o bien introduciendo pequeñas modificaciones para su adaptación al derecho español.

GDPR vs. LOPD

Tomando un ejemplo muy reciente: la ley orgánica 3/2018 de protección de datos personales (BOE nº 294 de 6 de diciembre de 2018) que en su preámbulo explica cómo es una transposición del Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016.

Se trata de un reglamento que ha sido finalmente aprobado por el Consejo de la Unión Europea. O lo que es lo mismo: por los jefes de Estado y de Gobierno de todos los países que forman parte de la Unión Europea y que como tal, de acuerdo a lo estipulado en los tratados, formará parte directamente del derecho de cada estado, en forma de ley. Esto lleva a formular otra pregunta:

¿Quién legisla, España o la Unión Europea?

Pues depende. Y para simplificar la respuesta: los tratados (el derecho primario de la UE) son ratificados por todos los Estados miembros. De ellos, del texto aprobado (como si fuera una “constitución” de la UE) dependerá la actuación de los Estados miembros de la Unión Europea. O lo que es lo mismo toda actuación de la Unión Europea y por tanto, de sus Estados miembros.

Los tratados establecen un proceso de toma de decisiones en la UE por el que se proponen y aprueban nuevas iniciativas. Normalmente es la Comisión Europea la que arranca el proceso legislativo con una nueva propuesta (una comunicación) sobre la que el resto de instituciones debe de dar su opinión y proponer mejoras o modificaciones (Parlamento Europeo, Consejo, Comité de las Regiones, Comité Económico y Social).

Finalmente, el Consejo de la Unión Europea (es decir todos los jefes de Estado y de Gobierno de los países que forman la UE), una vez recibida la propuesta de la Comisión con todas las lecturas y comentarios… firme la directiva o reglamento que se convertirá en ley para sus propios estados, para sus propios ciudadanos.

Y ya, a estas alturas del post, adivinamos la siguiente pregunta:

¿Entonces, en qué temas legisla la Unión Europea y en qué temas legisla un Estado miembro?

Me alegro de se haga esta pregunta porque:

Es importante saber en qué temas legisla la Unión Europea, es decir en qué temas o políticas los Estados miembros, incluida España, ha cedido competencias a la Unión Europea. La síntesis de la legislación de la UE recoge los principales actos jurídicos adoptados por la UE en 32 temáticas o “políticas” europeas

Por ejemplo: medio ambiente y cambio climático; empresas; empleo y política social; fraude y corrupción; salud pública; transportes; energía; educación; economía y moneda, y así hasta 32.

Pero volviendo al principio del post, a la noticia sobre la nueva ley europea del clima…

¿Tenemos una ley europea del clima?

Si buscas la respuesta en redes sociales, en un buscador… parece que sí: hay una ley europea del clima.

Si has leído con atención este post, has seguido nuestro razonamiento, seguro que tienes dudas… y haces bien porque no, no tenemos una ley europea del clima.

Tenemos una propuesta o iniciativa legislativa de la Comisión Europea para elaborar un Reglamento (es decir lo que será una futura ley en los Estados miembros) que establezca el marco necesario para alcanzar la neutralidad climática y adaptar el Reglamento (EU)201871999.

El subtítulo de esta propuesta o comunicación de la Comisión es, efectivamente Ley Europea del Clima. Y sin duda cuando después de todo el proceso legislativo propio de este tipo de propuestas, ese será su denominación y será una ley para todos los Estados miembros pero… cuando termine todo el proceso.

De momento, sí es un paso importante que se enmarca en la estrategia de la Comisión: Pacto Verde Europeo #EUGreenDeal y en su compromiso de convertir Europa en el primer continente climáticamente neutro en el 2050.

Pero… no es una ley (hoy no…) De hecho, se encuentra aún en la primera etapa, como muestra Eur-Lex. Ni siquiera está traducida a todas las lenguas oficiales de la UE. Pero en la web ya se puede ir haciendo el seguimiento de todas las modificaciones que propondrá cada institución. Permitirá acceder a los distintos textos con sus propuestas y cambios.

Eur-Lex publicará cada detalle, hasta el momento en que esta Comunicación que propone un reglamento para asegurar la neutralidad climática (Ley europea del clima) sea aprobada por todos los Estados miembros en el Consejo de la UE y tenga su transposición al derecho de cada Estado, en forma de ley de aplicación directa.

Hoy, un día después de la publicación de la propuesta de Reglamento, el Consejo de la Unión Europea ya ha hecho su primera lectura y ha incluido su opinión en el documento presentado por la Comisión.

 

pagina de eur-lex

Los Centros de Documentación Europea facilitamos, principalmente en entornos universitarios, información de la Unión Europea.

Ayudamos a estudiantes, al profesorado así como a equipos de investigación, a comprender cómo funcionan las instituciones europeas. La búsqueda de legislación, estratégias, competencias, oportunidades y derechos que emanan de la UE son nuestra herramienta de trabajo diario.

El razonamiento que se expone en este post podría formar parte de cualquiera de las actividades de información y/o formación que los Centros de Documentación Europea realizamos en nuestro trabajo diario en las universidades.

Aquí puedes encontrar el Centro de Documentación Europea de la red Europe Direct

 

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