Buenas prácticas ante la desinformación

La Unión Europea elaboró un Código de Buenas Prácticas contra la Desinformación. La Comisión Europea inició en diciembre de 2018 un plan de acción en contra de la desinformación. El resultado del trabajo desarrollado en estos dos años está listo. Se trata del primer informe anual de autoevaluación. Este informe tendrá su presentación pública a principios del 2020 y sigue los compromisos estipulados en el Código de buenas prácticas contra la desinformación.

Según el Código, el informe expone el progreso realizado en la lucha contra la desinformación en línea. Incluyendo datos aportados por Facebook, Google, Microsoft, Mozilla, Twitter. Se suman siete asociaciones comerciales mas que en su día firmaron su compromiso con lo estipulado por la Comisión Europea en el texto del Código.

El trabajo de la Comisión

Durante el año 2018 la Comisión Europea publicó la Comunicación: La lucha contra la desinformación en línea: un enfoque europeo (COM(2018) 236 final). Tema que también incluyó el Consejo Europeo de junio de ese año en sus conclusiones. Además de ser el debate central del Grupo de Expertos de alto nivel.

Este trabajo dio lugar a la redacción del Código de Buenas Prácticas contra la desinformación. A la creación del Grupo Europeo de Reguladores Encargados de los Servicios de Comunicación Audiovisual (ERGA), al encargo de evaluaciones externas o en la creación de la web contra la desinformación

El concepto de desinformación

Desinformación es una información falsa o engañosa que de manera exponencial:

  • Es creada, presentada y difundida para beneficio económico o con la intención de engañar al público.
  • Puede causar alarma y perjuicio, alterar los procesos políticos democráticos y los procesos de toma de decisiones, así como bienes públicos como la protección de la salud, el medio ambiente o la seguridad.

El concepto de desinformación no incluye anuncios publicitarios, parodias, sátiras. Tampoco se incluyen los errores incurridos en una información. Ni las informaciones y/o comentarios identificados claramente con una línea ideológica concreta. Todo ello no significa que este tipo de actuaciones no puedan incurrir en obligaciones legales.

La responsabilidad del Código

La firma de este Código  implica que los firmantes están de acuerdo con la Comisión Europea cuando afirma que:

“la exposición de los ciudadanos a situaciones de desinformación de gran escala, incluyendo aquellos datos engañosos o completamente falsos, es uno de los mayores retos de Europa. Las sociedades democráticas europeas dependen del debate público que se basa en contar con una ciudadanía bien informada, capaz de expresar su pensamiento con libertad en un contexto político

justo e imparcial”.

Los ciudadanos son los mas vulnerables en una cadena de noticias falsas. Y por tanto, los mas necesitados de formación y del establecimiento de criterios de seguridad y protección. Lo estipulad

o en el Código solo es aplicable a los firmantes. Cualquier nuevo “miembro” puede comprometerse en cualquier momento. Para ello, los candidatos deben presentar sus actividades a los miembros e indicar cómo van a cumplir con lo establecido.

Los firmantes deben de indicar en sus websites, en su publicidad y en sus comunicaciones que han firmado el Código

Las principales conclusiones del informe anual de autoevaluación 2020

El informe anual de autoevaluación resalta que se ha conseguido mayor transparencia. Las entidades signatarias del Código han visto crecer el diálogo con las plataformas (Facebook, Twitter, Google, Microsoft…) en cuanto a sus políticas contra la desinformación.

La campaña para las elecciones al Parlamento Europeo 2019 se ha visto monitorizada de acuerdo a los compromisos expresados en el Código. Pero también ha estado muy presente el compromiso para empoderar a los consumidores y los marcados para empoderar a la comunidad investigadora.

Cada plataforma ha alcanzado un estadio de compromiso con el Código. Persisten diferencias en la aplicación de las políticas de las plataformas y en la sensibilidad a los contextos electorales entre los distintos Estados miembros.