En 2015, la Unión Europea (UE) lanzaba el proyecto de Mercado único digital, cuyo objetivo era apoyar “a una sociedad digital integradora, donde los ciudadanos tengan las cualificaciones adecuadas para aprovechar las oportunidades ofrecidas por Internet y acrecentar sus posibilidades de conseguir un empleo”. Para ello, entre otras tareas, la UE proponía “un nuevo plan de acción para la administración electrónica” que conectara todos los registros mercantiles y garantizará la compatibilidad entre los diferentes sistemas nacionales de forma que empresas y ciudadanos pudieran comunicar sus datos una sola vez a las administraciones públicas, y estas no tuvieran que solicitar, en lo sucesivo, una y otra vez la misma información de la que ya disponen. La idea es que la iniciativa redujera la carga burocrática y ahorrará varios miles de millones de euros al año a la UE.
Marcos para capacidades y cualificaciones
Dentro de este marco, era necesario hacer converger la evaluación de capacidades, de forma que los ciudadanos pudieran acreditar su formación y experiencia de forma única y válida en toda Europa, favoreciéndose así su empleabilidad y movilidad. Al mismo tiempo, se trataba con eso, de aumentar su capacitación y por añadidura, su competitividad. De este modo, se empieza a hablar de la Agenda de Capacidades, que tiene como objetivo reforzar el capital humano, la empleabilidad y la competitividad: “Llegar a una visión común y al compromiso de cooperar a la hora de desarrollar unas capacidades de mayor calidad y más adecuadas que puedan adaptarse a la rápida evolución de las necesidades de capacitación del mercado de trabajo, dotar a todo el mundo de un conjunto mínimo de capacidades básicas y hacer más comprensibles las cualificaciones, ayudando de este modo a los trabajadores y estudiantes a desplazarse más fácilmente dentro de la UE.”
De la Agenda de capacidades se deriva la necesidad de crear un Marco de cualificaciones a nivel europeo , lo que, a su vez, exigió la creación de herramientas de comparación y de comprensión de capacidades y cualificaciones que fueran útiles para los empleadores, facilitando la movilidad y la transparencia. Una de ellas, y quizá la más conocida, es la creación del Curriculum Europeo, Europass que en estos años, desde su creación, ha ido incorporando más contenidos y aplicaciones que mejoran el reconocimiento, tanto propio, como del empleador, de perfiles profesionales en toda la UE. Es obligado su uso para acceder a puestos en la “administración” europea, y en programas como Erasmus, voluntariado, etc… y es el documento solicitado por muchas empresas dado que ofrece una información transparente.
Europass, la materialización de una idea
Entre las mejoras que las instituciones europeas buscan con Europass, está “la portabilidad de forma precisa y clara a cualquier Estado miembro, favoreciendo la movilidad. Del mismo modo, los empleadores, los organismos de educación y formación, los orientadores, los servicios de empleo y los responsables políticos dispondrán de mejor información; por ejemplo, una mejor información sobre las capacidades que se necesitan y dónde permite estimular la oferta de cursos de formación para colmar las lagunas. Se prestará especial atención a las necesidades específicas de los nacionales de terceros países.” (Comisión Europea, 2016)
El lanzamiento de Europass se acompañó del lanzamiento de una web específica, en la que materializar la idea: https://europass.cedefop.europa.eu/es . Hoy, el portal Europass sigue evolucionando y pasará a ser pronto un portal de servicios que integrará el actual Learning Opportunities and Qualifications in Europe; Skills Panorama y el portal ESCO, que hasta ahora estaban en el marco de Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (Cedefop). Además el nuevo Europass ofrecerá servicios que garanticen la difusión más amplia de sus servicios incluyendo a personas que pueden tener dificultades para acceder a los servicios digitales o para utilizarlos. También se establecerá una estrecha colaboración entre la red EURES, creada por el Reglamento (UE) 2016/589 (Comisión Europea, 2016) y Europass.