
Europa con los ciudadanos
, se ha preferido continuar con la asignada al año 2013: Año Europeo de losciudadanos
Europa con los Ciudadanos, que tiene como objetivo financiar proyectos que
promuevan la ciudadanía europea activa.

además de contar en cada Estado miembro con el refuerzo de un Punto Europeo de Ciudadanía que en el caso de España está en el Ministerio de Educación Cultura
y Deporte y que tiene una importante labor en la difusión de las convocatorias y en el
proceso de acompañamiento durante la elaboración del proyecto. También ofrece
un servicio de alerta muy útil.
directa y práctica sobre esta convocatoria de Europa con los Ciudadanos, tal y
como hizo ayer en la jornada organizada por la Dirección General de Asuntos Europeos de la Comunidad de Madrid.
convocatoria, pero sí se conoce el esquema que regirá la misma. Los objetivos
específicos del nuevo programa serán:
- Estimular el debate, la reflexión
y el desarrollo de redes en cuestiones de memoria histórica y en otros aspectos
propios de la UE: su historia, identidad y objetivos.
- Fomentar una mayor comprensión de
los ciudadanos respecto a los procesos políticos de la UE y promover las
oportunidades de compromiso social y voluntariado en el marco comunitario.
2020, y atenderá acciones de voluntariado, diálogo intercultural, igualdad y
transnacionalidad pero con un fuerte componente local.
de:
- Memoria histórica: Con prioridad de temas
relacionados con la Primera Guerra Mundial, Muro de Berlín y Ampliación 2004.
- Participación democrática y cívica: proceso de
elecciones al Parlamento Europeo.
Hermanamiento de ciudades.
Redes de ciudades.
Proyectos de sociedad civil.
abril y los proyectos podrán tener una duración de 18 meses. Pueden participar organismos públicos y entidades sin ánimo de lucro. En esta
convocatoria, no se exigirá un tanto por ciento obligatorio de cofinanciación, aunque sí será necesario cofinanciar los proyectos, se otorgará así una mayor flexibilidad a la hora de presentar y gestionar los mismos. La Comisión
financiará cada proyecto con una cantidad determinada, a “tanto alzado” . El resto deberá cubrirlo
el beneficiario.